Dirección de Higiene, Salubridad y Medio Ambiente
- Nombre y Apellido: Ing. Victoriano Vázquez Doldán
Objetivos
- Proporcionar a la comunidad una buena calidad de vida en armonía con su entorno mediante una correcta gestión ambiental.
Funciones Principales
Ley 3966/2010. Orgánica Municipal
CAPÍTULO III
De las funciones municipales
Artículo 12.– Funciones. Las municipalidades no estarán obligadas a la prestación de los servicios que estén a cargo del Gobierno Central, mientras no sean transferidos los recursos de conformidad a los convenios de delegación de competencias, previstos en los Artículos 16, 17 y 18. Sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior y de conformidad a las posibilidades presupuestarias, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, tendrán las siguientes funciones:
En materia de ambiente:
a) La preservación, conservación, recomposición y mejoramiento de los recursos naturales significativos;
b) La regulación y fiscalización de estándares y patrones que garanticen la calidad ambiental del municipio;
c) La fiscalización del cumplimiento de las normas ambientales nacionales, previo convenio con las autoridades nacionales competentes;
d) El establecimiento de un régimen local de servidumbre y de delimitación de las riberas de los ríos, lagos y arroyos.
En materia de salud, higiene y salubridad:
a) la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de manipulación, producción, traslado y comercialización de comestibles y bebidas; la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de los locales donde se fabriquen, guarden o expendan comestibles o bebidas de cualquier naturaleza;
b) la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de los locales y espacios de concurrencia pública;
c) la reglamentación y control de las condiciones de tenencia de animales domésticos en las zonas urbanas;
d) la protección de los derechos de los consumidores;
e) la elaboración de planes municipales de salud conforme a las necesidades de la población del municipio, teniendo en cuenta el enfoque de igualdad de oportunidades, de equidad de género, de no discriminación y de diversidad étnica;
f) la elaboración e implementación de planes especiales de salud reproductiva, planificación familiar, salud sexual y salud materno-infantil para la población de escasos recursos;
g) la organización y coordinación de los Consejos Locales de Salud;
h) la participación en la formulación de la política y estrategia nacional, regional y local de salud, y en la fiscalización, monitoreo y evaluación de la ejecución del Plan Nacional de Salud a través de los Consejos Locales de Salud y de los Comités Ejecutivos Locales;
i) la prestación de servicios de salud; j- la participación en actividades de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud y prevención de enfermedades;
k) la promoción de la educación sanitaria
Organigrama
Dirección, teléfono y correo
- Dirección:Mcal. Estigarribia c/ Monseñor Wiessen
- Tel: 071-204800 Int 110
- Correo:salubridadymedioambiente@encarnacion.gov.py