Dirección de Higiene, Salubridad y Medio Ambiente

  • Nombre y Apellido: Ing. Victoriano Vázquez Doldán

Objetivos

  • Proporcionar a la comunidad una buena calidad de vida en armonía con su entorno mediante una correcta gestión ambiental.

Funciones Principales

Ley 3966/2010. Orgánica Municipal

CAPÍTULO III

De las funciones municipales

Artículo 12.– Funciones. Las municipalidades no estarán obligadas a la prestación de los servicios que estén a cargo del Gobierno Central, mientras no sean transferidos los recursos de conformidad a los convenios de delegación de competencias, previstos en los Artículos 16, 17 y 18. Sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior y de conformidad a las posibilidades presupuestarias, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, tendrán las siguientes funciones:

En materia de ambiente:

a) La preservación, conservación, recomposición y mejoramiento de los recursos naturales significativos;

b) La regulación y fiscalización de estándares y patrones que garanticen la calidad ambiental del municipio;

c) La fiscalización del cumplimiento de las normas ambientales nacionales, previo convenio con las autoridades nacionales competentes;

d) El establecimiento de un régimen local de servidumbre y de delimitación de las riberas de los ríos, lagos y arroyos.

En materia de salud, higiene y salubridad:

a) la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de manipulación, producción, traslado y comercialización de comestibles y bebidas; la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de los locales donde se fabriquen, guarden o expendan comestibles o bebidas de cualquier naturaleza;

b) la reglamentación y control de las condiciones higiénicas de los locales y espacios de concurrencia pública;

c) la reglamentación y control de las condiciones de tenencia de animales domésticos en las zonas urbanas;

d) la protección de los derechos de los consumidores;

e) la elaboración de planes municipales de salud conforme a las necesidades de la población del municipio, teniendo en cuenta el enfoque de igualdad de oportunidades, de equidad de género, de no discriminación y de diversidad étnica;

f) la elaboración e implementación de planes especiales de salud reproductiva, planificación familiar, salud sexual y salud materno-infantil para la población de escasos recursos;

g) la organización y coordinación de los Consejos Locales de Salud;

h) la participación en la formulación de la política y estrategia nacional, regional y local de salud, y en la fiscalización, monitoreo y evaluación de la ejecución del Plan Nacional de Salud a través de los Consejos Locales de Salud y de los Comités Ejecutivos Locales;

i) la prestación de servicios de salud; j- la participación en actividades de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud y prevención de enfermedades;

k) la promoción de la educación sanitaria

Organigrama

Dirección, teléfono y correo

  • Dirección:Mcal. Estigarribia c/ Monseñor Wiessen
  • Tel: 071-204800 Int 110
  • Correo:salubridadymedioambiente@encarnacion.gov.py

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