Conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 113/84 (Por la que se reglamenta el servicio de aseo urbano domiciliario de la Ciudad de Encarnación), los camiones recolectores solo realizan el retiro de basura domiciliaria.
Se entiende por basura domiciliaria todos aquellos objetos, materiales, sustancias o elementos de consistencia sólida de recipientes, envoltorios, empaques, botellas, frascos, resultantes de los alimentos, y otros artículos de consumo en el hogar.
En caso de que una persona precise el retiro de ramas tanto en el microcentro como en los distintos barrios, debe realizar los siguientes procedimientos:
- Abono de un canon de 100 mil guaraníes en la caja municipal.
- Presentación del comprobante de pago en la oficina de la Dirección de Espacios Públicos y Áreas Verdes ubicada en el Centro de Desarrollo Urbano Municipal (C.D.U.M) sobre calle General Artigas casi Cabañas de 8 a 13 horas, de lunes a viernes.
- La dependencia calendariza la solicitud y se hace el retiro de ramas en horario nocturno según calendario pre establecido.
La Dirección de Espacios Públicos y Áreas Verdes de la Municipalidad de Encarnación es la dependencia encargada del retiro de ramas de árboles podados o aquellos que se hayan caído.
Si se desea solicitar la poda de un árbol en la vía pública, debe solicitar el permiso el cual es gratuito en la oficina de la Dirección de Espacios Públicos y Áreas Verdes ubicada en el Centro de Desarrollo Urbano Municipal (C.D.U.M).
Los infractores de la Ordenanza Municipal Nº 113/84, serán penados:
a) Primera vez, apercibimiento.
b) Multa equivalente a 5 (cinco) jornales mínimos.
c) REINCIDENCIA; multa equivalente a 10 (diez) jornales mínimos.