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BOLETO ESTUDIANTIL
ORDENANZA N° 77/2017 QUE REGULA EL BOLETO UNIVERSITARIO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO Y SUB URBANO, QUE BENEFICIA A LOS ESTUDIANTES DE NIVEL TERCIARIO, TÉCNICO Y UNIVERSITARIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS RESIDENTES EN LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN.
En proyecto de ordenanza que se fundamentó en lo siguiente: todos los países que han logrado salir del subdesarrollo económico, político, social tienen como común denominador el hecho de haber aplicado el máximo esfuerzo y sacrificio para dotar a la educación de los recursos disponibles. Que, la difícil situación económica imperante en el país, y el alto índice de inflación existente, han colocado a las familiar en una situación de fuerte preocupación, ya que con el aumento generalizado de precio, teniendo que afrontar diariamente un alto gasto en pasajes, y que en muchos casos no cuentan con los recursos económicos para poder solventar gastos, provocando esto que en muchos casos los jóvenes que pretenden iniciar carreras terciarias o universitarias, desistan de iniciar o continuar sus estudios. Esta claro entonces que la creación del carnet universitario, con el beneficio del medio pasaje es una necesidad impostergable.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO
- Rellenar un formulario puesto a disposición en la secretaria de la Juventud, de carácter personal o en su caso institucional, a través de las unidades académicas o gremios estudiantiles
- Copia autenticada de cedula de identidad
- 1 Foto tipo carnet
- 1 copia autenticada de matricula o constancia de estudio expedida por la institución a la que pertenece.
Obs: el carnet universitario tiene validez de 1 año y será expedido por la Secretaria Municipal de la Juventud a pedido del interesado.
El mismo contendrá el nombre, apellido, foto, número de identidad civil, la institución a la cual pertenece, fecha de expedición del mismo, fecha de caducidad, número de carnet universitario.
Según Ordenanza N° 126/2018, los documentos requeridos son los siguientes:
- Fotocopia de Cédula de Identidad Civil del interesado
- Declaración Jurada del interesado, de no ser beneficiario de otras becas, bajo pena que en caso de detectarse que el mismo percibe algún aporte de otra institución, se le retirará inmediatamente el beneficio otorgado por la Institución Municipal, y no podrá concursar para otras becas otorgadas por el Municipio.
- Fotocopia de matrícula o inscripción de la carrera que cursa el interesado.
- Antecedentes académicos del interesado.
- Croquis del domicilio del interesado.
- Certificado de vida y residencia del interesado.
A raíz de la pandemia mundial, del COVID–19 el carnet del boleto universitario, que otorga la posibilidad del medio pasaje se encuentra suspendido.
Teléfono: (0982) 614 015
Secretaría de la Juventud: juventud@encarnacion.gov.py