MULTAS DE HASTA 10 JORNALES POR ENSUCIAR ESPACIOS DE USO PÚBLICO

Según lo establecido en el artículo 24 de la Ordenanza Municipal N° 113/84, está prohibido arrojar o depositar basuras en la vía, paseos y espacios de uso público. Los infractores de la presente ordenanza serán penados con multas de hasta 10 jornales mínimos.

El manejo inadecuado de estas basuras, crea olores desagradables, riesgos para la salud, molestias y otros problemas. La participación de la ciudadanía en general, es un elemento clave para asegurar implementación de un programa de concienciación y reciclaje de residuos sólidos urbanos como alternativa para minimizar el impacto que estos producen en el medio ambiente.

Todas aquellas personas que deseen denunciar un delito ambiental pueden comunicarse al 071 205 880 de la Guardia de la Policía Municipal las 24 horas.